Henri Parot,
nacido en 1958 en Argelia, con nacionalidad francesa, se une a ETA en 1978 a
través de Domingo Iturbe Abasolo. Comete su primer asesinato el 2 de noviembre
de este mismo año en Irún, tras ello continua con sus actividades terroristas hasta atribuirsele 82 asesinatos por
los cuales se le detiene en 1990 y acumula un total de 26 sentencias
condenatorias que sumaban 4.800 años de prisión.
La pena
privativa de libertad máxima prevista en España es de 40 años. El TribunalSupremo a sabiendas de ello, comienza a aplicar a partir de 2006 la llamada Doctrina
Parot para evitar la salida de Henri de la cárcel antes de los 40 años de
cumplimiento.
“Para evitar su excarcelación, el Supremo consideró que los beneficios penintenciarios no se podían aplicar sobre esos 40 años de pena máxima, sino sobre cada uno de los delitos cometidos”.
De este
modo, se crea jurisprudencia que implica la aplicación de una medida de forma retroactiva
en perjuicio del reo, circunstancia prohibida por la ley en el artículo 9.3 de la CE.
Inés del Río,
condenada a 3.000 años de cárcel por delitos de terrorismo, presenta en 2013 un
recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos contra la retroactividad
aplicada en su persona. El Tribunal responde en contra del Estado español frente
a las decisiones que implicaba la Doctrina, lo que produce la excarcelación de
Inés y los demás “afectados”.
A razón de esta resolución se crea un gran revuelo
en la sociedad, que se presentaba
en contra de la excarcelación de los
criminales de mayor calibre del país.
Como juristas, podemos llegar a entender la resolución del TEDH que se basaba en la legislación vigente,
pero lejos de criticar la postura de la sociedad reconocemos la lógica de su pensamiento. A modo de prueba la reciente reincidencia de Félix
Vidal Anido, conocido como " el violador de estile", encarcelado poco
después de estar en libertad, por agredir a una mujer y Plablo García Ribado,
otro excarcelado por la decisión de Estrasburgo, detenido en octubre por abusos sexuales.
